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Reglamento General Para Jueces.

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ACREDITACION Y DEBERES PARA LOS JUECES DE LA FEDERACION MEXICANA DE FILATELIA, A. C.

Este reglamento general tiene por objeto cubrir los procedimientos para la implementación de los jurados para las exposiciones nacionales y mexicanas de la Federación Mexicana de Filatelia, A.C.

1.-Acreditación de los jueces.
2.-Jueces aprendices.
3.-Privilegios, Responsabilidades y Obligaciones.
4.-Presidente del Jurado.
5.-Secretario del Jurado.
6.-Vocales del Jurado.
7.-Disposiciones Finales.
8.-Transitorio.

Acreditación de los jueces.
ARTÍCULO 1.- Los jueces acreditados para fungir como tales en las exposiciones nacionales, mexicanas e internacionales son aquellos que han cubierto los requisitos establecidos en los artículos 11 a 15 del presente Reglamento.

ARTÍCULO 2.- Los jueces permanecerán en la lista de acreditados por un periodo de diez años, transcurrido este periodo se les puede exigir que sean reevaluados si no han cubierto al menos dos de los siguientes requisitos:

a. Actuar como vocal del jurado en dos exposiciones nacionales o mexicanas.
b. Actuar como presidente o secretario del jurado en una exposición nacional, mexicana o internacional.
c. Participar en por lo menos un curso de actualización para jueces organizados por la FMF u otro organismo internacional.

ARTÍCULO 3.- Los jueces que requieran ser reevaluados, recibirán notificación por escrito de la FMF, suscrita por el presidente y secretario.

ARTÍCULO 4.- Para la reevaluación, la FMF nombrara una comisión de tres jueces acreditados cuyas disciplinas filatélicas sean diferentes, quienes certificaran por escrito que el juez reevaluado esta actualizado en los reglamentos de la FMF y los GREX, GREV y SREV de la Federación Internacional de Filatelia (FIP).

ARTÍCULO 5.- Esta reevaluación se realizara en el marco de la Exposición Filatélica Nacional, ya que si la Comisión lo considera necesario, se solicitara al juez reevaluado, juzgue alguna de las colecciones que participan. Por la razón anterior, la comisión evaluadora podrá estar integrada por los miembros del jurado de la exposición quienes realizaran esta labor un día posterior al termino de sus actividades de calificación de las colecciones participantes.

ARTICULO 6.- Concluida la reevaluación por la comisión, se exigirá al juez reevaluado, la asistencia a un curso para jueces organizado por la FMF. Solo al cubrir este último requisito, se reintegrara su nombre a la lista de jueces acreditados.

ARTÍCULO 7.- El plazo para cubrir los requisitos de reevaluación marcados en los artículos 5 y 6 será de dos años. Si en este periodo no cumple con estas disposiciones, será retirado de la lista de jueces acreditados.

ARTÍCULO 8.- Un juez que ha sido retirado de la lista de acreditados, solo podrá reintegrarse sirviendo como jurado aprendiz en una exposición nacional a petición por escrito del club al que se encuentra afiliado.

ARTÍCULO 9.- Un juez será automáticamente excluido de la lista de jueces acreditados en forma definitiva sin tener derecho de aplicar como lo establece el artículo 8, si comete alguna de las siguientes violaciones:
a. Declinar en tres oportunidades durante el tiempo de su acreditación, la invitación de la Junta Directiva de la FMF para formar parte del jurado en Exposiciones Nacionales o Mexicanas.
b. Violación a la confidencialidad que se requiere en las deliberaciones del jurado durante las sesiones de trabajo.
c. Revelar la naturaleza de las discusiones que se realizaron durante las sesiones de trabajo, una vez concluidas estas.
d. Revelar discordancias u otras materias confidenciales al funcionamiento del jurado.
e. Violación a la confidencialidad, naturaleza de las discusiones y discordancias durante el funcionamiento del jurado al participar en seminarios para expositores en los cuales se proporcionan recomendaciones para futuras exposiciones.
f. Faltar a la ética y responsabilidad filatélica.
g. Actuar con dolo en la compra-venta de cualquier material filatélico en perjuicio de un filatelista.
h. Fomentar y propiciar el comercio de material nocivo a la filatelia.
i. Expulsión de un club o asociación miembro de la FMF, siempre y cuando dicha expulsión sea por contravenir los reglamentos de la FMF o los señalados en los incisos a, b, c y no por razones personales.
j. Los jueces acreditados en la Federación Mexicana de Filatelia AC que participen como jueces en exposiciones  de competencia que no sean avaladas por la Federación Mexicana de Filatelia AC serán excluidos de participar en futuras exposiciones en forma definitiva.

Jueces aprendices.
ARTÍCULO 10.- El presidente de la FMF solicitara nominaciones para juez aprendiz a los clubes y asociaciones afiliadas, una vez aprobada la sede para la exposición nacional.

ARTÍCULO 11.- Cada club o asociación afiliada a la FMF, solo podrá presentar una nominación por exposición nacional.

ARTÍCULO 12.- Todas las nominaciones deberán acompañarse por la siguiente documentación:

a. Solicitud dirigida al Presidente de la FMF en papel membretado del club o asociación afiliada que realiza la nominación, suscrita por el presidente y secretario de la misma.
b. Currículum Vitae filatélico del nominado.

ARTÍCULO 13.- Para ser juez aprendiz en una exposición nacional de la FMF, el nominado deberá:

a. Haber participado en una exposición nacional de la FMF y haber obtenido por lo menos Medalla de Vermeil en una de las clases competitivas, a partir de 2003.
b. Tener conocimientos generales de todas las ramas de la filatelia reconocidas por la FIP.
c. Conocer a profundidad y estar capacitado para aplicar los estatutos de FMF, y los GREX, GREV, SREV y las directrices de la FIP.

ARTÍCULO 14.- La acreditación del juez aprendiz se realizara:
a. En el marco de una Exposición Filatélica Nacional.
b. Durante las sesiones y actividades del jurado, el desenvolvimiento del juez aprendiz será observado de cerca por todos los integrantes del mismo, para determinar sus conocimientos generales de los reglamentos de la FMF y los GREX, GREV y SREV de la FIP.
c. Se solicitara al juez aprendiz, que justifique sus conclusiones acerca de los puntajes otorgados a las colecciones y la medalla que se designe para cada participación.
d. Se solicitara al juez aprendiz que evalué en forma independiente, dos colecciones inscritas en diferentes categorías competitivas que aún no hayan sido calificadas y los resultados serán comparados con los obtenidos por el jurado.

e. El juez aprendiz será evaluado por los integrantes del Jurado en los siguientes seis rubros:
i. Conocimiento de los reglamentos FIP para exposiciones de competencia.
ii. Conocimiento de filatelia tradicional.
iii. Conocimiento de filatelia temática.
iv. Conocimiento de literatura filatélica.
v. Criterio al aplicar los puntajes de evaluación.
vi. Ética filatélica al calificar.

f. Cada rubro se evalúa con tabulador de 1 a 10, la nota mínima aprobatoria es 8. La aprobación del nominado se establece por el promedio de las tabulaciones proporcionadas por cada juez de la exposición.

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